Mes extra de contestación
Por ley, se otorgan 2 meses para contestar un oficio de requerimiento, a lo que su derecho convenga. Sin embargo, se puede alargar 2 meses más pagando extra los dos meses extras.
Se tiene un máximo de 2 meses extras, dando un total de 4 meses. Pasado este tiempo, no se podrá responder y la solicitud de registro de marca será desechada.
Inversión
$170
* Precio por mes
* Incluye derechos, honorarios e IVA.